Consulta de Contratos de la Federación Canaria de Natación con entidades públicas

En el Ejercicio 2023, esta Entidad no ha formalizado ningún contrato con entidades publicas
En el Ejercicio 2022, esta Entidad no ha formalizado ningún contrato con entidades publicas

Estadísticas sobre el porcentaje en volumen presupuestario de contratos adjudicados

Año 2023 - Esta Entidad, no dispone de datos estadísticos, ya que no ha formalizado contratos con entidades públicas
Año 2022 - Esta Entidad, no dispone de datos estadísticos, ya que no ha formalizado contratos con entidades públicas

Consulta de convenios de laFederación Canaria de Natación con entidades públicas

Ejercicio 2023
id Fecha Publicación Fecha Fin Entidad Importe Tipo
44  2023-02-05 ULL 0.00 Acuerdo Marco ULL – Fedecanat
43  2023-02-02 ULPGC 0.00 Acuerdo Marco ULPGC – Fedecanat
En el Ejercicio 2022, esta Entidad no ha formalizado ningún convenio con entidades públicas

Referencia Legal

Ley 19/2013 Artículo 8.

Información económica, presupuestaria y estadística.

1. Los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de este título (Título 1) deberán hacer pública, como mínimo, la información relativa a los actos de gestión administrativa con repercusión económica o presupuestaria que se indican a continuación:

a) Todos los contratos, con indicación del objeto, duración, el importe de licitación y de adjudicación, el procedimiento utilizado para su celebración, los instrumentos a través de los cuales, en su caso, se ha publicitado, el número de licitadores participantes en el procedimiento y la identidad del adjudicatario, así como las modificaiones del contrato. Igualmente serán objeto de publicación las decisiones de desistimiento y renuncia de los contratos. La publicación de la información relativa a los contratos menores podrá realizarse trimestralmente.
b) La relación de convenios suscritos, con mención de las partes firmantes, su objeto, plazo de duración, modificaciones realizadas, obligados a la realización de las prestaciones y, en su caso, las obligaciones económicas convenidas. Igualmente, se publicarán las encomiendas de gestión que se firmen, con indicación de su objeto, presupuesto, duración, obligaciones económicas y las subcontrataciones que se realicen con mención de los adjudicatarios, procedimiento seguido para la adjudicación e importe de la misma. Asimismo, se publicarán los datos estadísticos sobre el porcentaje en volumen presupuestario de contratos adjudicados a través de cado uno de los procedimientos previstos en la legislación de contratos del sector público.

2. Los sujetos mencionados en el artículo 3 deberán publicar la información a la que se refieren las letras a) y b) del apartado primero de este artículo cuando se trate de contratos o convenios celebrados con una Administración Pública. Asimismo, habrán de publicar la información prevista en la letra c) en relación a las subvenciones que reciban cuando el órgano concedente sea una Administración Pública.

Actualizado .- 15/03/2024
Formato Reutilizable .-

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